jueves, 2 de mayo de 2013

Reeducación y reinserción social





Leí  la noticia que publicaron algunos medios de comunicación sobre el informe que ha elaborado el Comité del Consejo de Europa para la prevención de la Tortura (CPT) y en el que se denuncia el trato que reciben los internos de algunas prisiones de nuestro país, entre ellas Puerto III. Me genera mucho estupor lo descrito en la noticia: maltrato, trato vejatorio, tortura, represalias... C
omo le contaba a una amiga esta mañana, todos los días veo subir y bajar en el ascensor del edificio en el que trabajo, a menores que acuden a ver al Equipo Técnico del Juzgado de Menores. Escuchas a madres y padres sufriendo por la situación de sus hijos e hijas, niños y niñas que casi no levantan un palmo del suelo que a consecuencia del consumo de drogas y de alcohol han tenido un comportamiento "delictivo", jóvenes que son carne de cañón, del de la prisión, y que no han tenido alternativa alguna, con familias desarraigadas. Jóvenes que siempre merecen una oportunidad porque en muchos casos nunca la tuvieron.

Por eso, siempre hay que recordar el artículo 25 de nuestra Constitución: la reeducación y reinserción social (derechos fundamentales de los internos), porque la sociedad lo necesita, porque ellos y ellas lo requieren y es su derecho. Cómo muchos y muchas sabéis, eso no por repetido menos cierto y de actualidad: Odia el delito, compadece al delincuente.

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